¿ APROBADO Y HOMOLOGADO el convenio celebrado entre los ciudadanos MARLI GARCIA, titular de la cedula de identidad N° V- 13.242.712, y el ciudadano ROBINSON PERALTA ARIAS, titular de la cedula de identidad N° V- 1.934.353, en beneficio del niño SE OMITE EL NOMBRE DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y/O ADOLESCENTES POR RAZONES DE CONFIDENCIALIDAD, en consecuencia, se le da el carácter de cosa juzgada formal más no material.
¿ El ciudadano ROBINSON PERALTA ARIAS, entregara directamente a la madre, la cantidad de Mil Bolívares (Bs.1000°°); mensuales a razón de Quinientos Bolívares (Bs.500°°), quincenales, la referida obligación alimentaria será aumentada proporcionalmente, tal como esta pautado en el articulo 369 ejusdem.
¿ En relación a los gastos médicos, el progenitor ROBINSON PERALTA ARIAS, aportara el cien por ciento (100%) de las medicinas y la progenitora se encargara de la asistencia medica.
¿ En relación a los gastos en la época navideña el progenitor se compromete a entregarle a la pr.....