CON LUGAR la presente demanda por Obligación de Manutención, interpuesta por la ciudadana Yskia Mariel Reyes, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.406.691, en contra del ciudadano Daniel José Méndez Pineda, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-12.867.315. Así se declara.-
En consecuencia, en virtud de la efectiva existencia en el presente procedimiento de los hechos alegados y tomando en consideración la capacidad económica del demandado, y las necesidades de la niña de autos, se fijan las siguientes cantidades:
1. FIJA como cuota de obligación de manutención mensual para el niño de autos, la cantidad equivalente al veinticinco por ciento (25%) del salario que devengue mensualmente el ciudadano Daniel José Méndez Pineda, luego de hechas las deducciones de ley, dejándose claro que esta cantidad puede variar de acuerdo con los ingresos mensuales que reciba. Así se decide.-
2. FIJA para el mes de septiembre, adicional a la.....