CON LUGAR la solicitud Revisión de Convenimiento por aumento de Pensión Alimentaria, efectuada por la ciudadana Yenlimers Sosa Luzardo, titular de la cédula de identidad No. V-15.194.491, en contra del ciudadano Jackson Eduar Paz Hernández, titular de la cédula de identidad No. V-15.286.213, y en beneficio de la niña y/o adolescente X.
En consecuencia, en virtud de la efectiva existencia en el presente procedimiento de los hechos alegados y tomando en consideración la capacidad económica del demandado, y las necesidades del adolescente de autos, se fijan las siguientes cantidades:
1.- Como obligación de manutención mensual la cantidad equivalente a un (1) salario mínimo, lo que en la actualidad equivale a ochocientos setenta y nueve bolívares con doce céntimos (Bs. 879,12). Cuando el salario mínimo sea aumentado por el Poder Ejecutivo Nacional, de forma automática y proporcional aumentará la obligación de manutención.
2.- En el mes de septiembre la cantidad equivalente a dos (2) .....