Primero: SIN LUGAR la oposición a la medida preventiva de embargo decretadas por pensión alimentaria a favor de los menores de edad de autos, X, en fecha 03 de noviembre de 2008, ejecutadas en fecha 14 de noviembre de 2008, por el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la circunscripción Judicial del estado Zulia y agregadas las resultas a las actas en fecha 20 del mismo mes y año, en consecuencia,
Segundo: ratifica las medidas de embargo preventivas decretadas sobre:
a) El treinta por ciento (30%) del salario devengado por el referido ciudadano.
b) El treinta por ciento (30%) de las utilidades o remuneración especial de fin de año.
c) El treinta por ciento (30%) de las vacaciones o bono vacacional,
d) El cien por ciento (100%) de primas por hijos, útiles escolares y juguetes.
e) El cincuenta por ciento (30%) de las prestaciones sociales, fideicomiso, caja de ahorros, y cualquie.....