Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Sala de Juicio, Juez Unipersonal No. 3, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Concede nueva autorización amplia y suficiente para que los ciudadanos Irolando Nava Alvarado y Rossemary Márquez Tovar, portadores de las cédulas de identidad Nos. V-3.773.759 y V-6.833.123, respectivamente, actuando con el carácter de representante legal de los niños, niñas y adolescentes (nombre omitido por el artículo 65 LOPNNA), de diecisiete (17) y quince (15) años de edad, respectivamente, vendan la totalidad de los derechos de propiedad que le corresponden a los referidos niños, niñas o adolescentes sobre un inmueble, y el cual es el siguiente:
Un inmueble constituido por una casa edificada en un área de terreno propio, que es parte de mayor extensión, el cual mide die.....