Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Sala de Juicio, Juez Unipersonal No. 3, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Concede autorización amplia y suficiente para protocolizar documento de propiedad a la ciudadana Moraima Elena Romero Rincón, para que actuando en representación de sus hijos, X, compre el 100% de los derechos de propiedad que a éste le corresponda sobre el inmueble antes descrito restante de los derechos de propiedad que le corresponde sobre el siguiente bien inmueble:
Un inmueble constituido por una casa y su terreno propio, ubicado en el barrio 19 de Abril, sector 03, Manzana 18, Avenida 67-4, N° 99D-21, en la Jurisdicción de la parroquia Francisco Eugenio Bustamante, del municipio Maracaibo del estado Zulia, con una superficie de trescientos dieciseis metros cuadrados con cincu.....