a) CON LUGAR la demanda de INCUMPLIMIENTO DE PENSIÓN DE MANUTENCIÓN, intentada por la ciudadana Siggleny Brenda Perozo Balzan, en contra del ciudadano Daivys José Rodríguez Ocando, a favor del niño (IDENTIDAD OMITIDA EN VIRTUD A LO PRECEPTUADO POR EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), ya identificados, y en consecuencia,
b) SE CONDENA al ciudadano Daivys José Rodríguez Ocando a cancelar los montos adeudados por concepto de incumplimiento de pensión de manutención, específicamente los correspondientes a la mensualidad del los meses de Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo y Junio del año 2011, a razón de Trescientos Bolívares (300,00) cada una, lo que suma un total de MIL OCHOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1800,00), los cuales deberán ser retenidos del sueldo que percibe el referido ciudadano como personal administrativo de La Universidad del Zulia, en cuatro (04) cuotas iguales.
c) CON LUGAR la demanda de REVISIÓN DE SENTENCIA POR AUMENTO DE L.....