Resuelve:
a. Se decreta la Separación de Cuerpos, que ante este Despacho, solicitaron los ciudadanos: YESSICA DENIS PEREZ BERMUDEZ Y ROENNICK ANTONIO BERNAL BRAVO.
b. En cuanto a la Patria Potestad del niño EDUARDO ALEJANDRO BERNAL PEREZ, la misma será compartida por ambos Progenitores; la responsabilidad de crianza del niño de autos será compartida por ambos progenitores y la Custodia será ejercida por la progenitora; En cuanto al régimen de convivencia familiar se acoge lo acordado entre las partes y sobre la Obligación de Manutención, el progenitor se compromete a suministrar a su hijo EDUARDO ALEJANDRO BERNAL PEREZ la cantidad de medio salario mínimo decretado por el Ejecutivo Nacional. Ambas partes hemos convenido que la referida cantidad de dinero, sea materializada dentro de los primeros cinco días de cada mes y puede ser entregada en especies, siempre y cuando sea requerido por la progenitora; en efectivo, previo recibo firmado, o depositado en una cuenta bancaria a no.....