Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala Nº 01, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
INADMISIBLE la demanda de IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD, intentada por el ciudadano HÉCTOR GERALDO CHACIN MARIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.066.450, en contra del ciudadano MANUEL RAFAEL MARIN ESPINA, titular de la cédula de identidad N° 14.357.497, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por secretaria.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Nº 1, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los treinta (30) días del mes de Junio de 2.014. Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.
El Juez.....