DECIDE:
A.- Consumado el acto procesal del desistimiento del procedimiento propuesto por el ciudadano JOSE DEL CARMEN FEREIRA LUGO, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido desistimiento. En consecuencia;
B.- Se suspende la medida de embargo decretada mediante sentencia interlocutoria de fecha 12 de Enero de 2004, la cual recayó sobre los siguientes conceptos: El Cincuenta por ciento (50%) del sueldo, o salario mensual, utilidades y vacaciones que perciba el ciudadano JOSE DEL CARMEN FEREIRA LUGO, como trabajador al Servicio de ENELDIS; y sobre el cincuenta por ciento (50%) de las prestaciones sociales, fideicomiso, caja de ahorros que le puedan corresponder al ciudadano JOSE DEL CARMEN FEREIRA LUGO, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral; de conformidad con el articulo 191 del Código Civil; debido a que la parte demandante,.....