PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN OFICIAL DE ESTADO
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala Nº 01, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
INADMISIBLE la demanda de RETRACTO LEGAL, intentada por las ciudadanas KAREN AÑEZ LEON y GIRANDY JOSEFINA SANCHEZ PARRA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 9.721.925 y 13.175.608 respectivamente, en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES ARBRICA 2003, C.A, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por secretaria.