PRIMERO: Revoca la Homologación suscrita por este Despacho Judicial de fecha 01 de Febrero de 2010, y de seguida Autoriza el Desistimiento de fecha 13 de Enero de 2010, formulado por la parte actora en el presente juicio, lo Homologa, le imparte su aprobación y da por terminado el presente juicio, en consecuencia ordena el archivo del expediente una vez conste en acta la Notificación del Demandante de la presente decisión.
SEGUNDO: Notifíquese al ciudadano RAMÓN ANTONIO PÉREZ BONILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.872.651, domiciliado en el Municipio Santa Rita del Estado Zulia, de conformidad con el Artículo 233 de Código de Procedimiento Civil. Así se decide