IV
DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes trascritos, este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia y en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la le Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Titulo Supletorio formulada por el ciudadano JESUS RAFAEL RANGEL BOTTARO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.306.713, domiciliado en el Municipio Cabimas del estado Zulia, por cumplir con las pruebas, en consecuencia DECRETA: ÚNICO: TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO a favor del ciudadano JESUS RAFAEL RANGEL BOTTARO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.306.713, domiciliado en el Municipio Cabimas del estado Zulia, sobre las bienhechurías antes mencionadas y descritas, dentro del fundo "LINDO CERRO" ubicado en el Sector Los Papelone.....