En consecuencia, este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRNCUSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en base a los fundamentos antes expuestos, todo en aras de salvaguardar la tutela judicial efectiva, considera extemporáneo el escrito presentado por el abogado en ejercicio NELSON PIRELA, actuando con el carácter de actas, por ende, se declara terminada la incidencia y desechado del proceso el instrumento tachado, siguiendo la causa su curso legal. ASI SE DECIDE.-