DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) SIN LUGAR la cuestión perentoria de fondo de FALTA DE INTERÉS PROCESAL de la demandante y de los demandados, propuesta por la sociedad mercantil TROQUELERÍA MARACAIBO, C.A., (TROQUEMAR), inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, el día cinco (05) de octubre de mil novecientos ochenta y dos (1982), inserta bajo el N° 10, Tomo m59-A, y por los ciudadanos LUÍS ANTONIO FORINO MORENO e ISABEL CRISTINA MORÁN DE FORINO, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad números V-9.118.865 y V-7.689.095;
2°) SIN LUGAR la cuestión perentoria de fondo referida a la CADUCIDAD DE LA ACCIÓN, prevista en el ordinal 10° del artículo 346 del Código de Pr.....