En consecuencia, por todo lo antes expuestos este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, en uso del Poder Cautelar otorgado en el artículo 254 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, concatenado con el artículo 585 y 599, ordinal 2º del Código de Procedimiento Civil, Decreta:
PRIMERO: Se NIEGA LA MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO, sobre el Fundo Agropecuario denominado Hacienda "El Vigía", ubicado en el sector agrícola denominado "Medio Cuarto", jurisdicción de la Parroquia Urribarrí del Municipio Colon del estado Zulia, que abarca una superficie de CIENTO CUARENTA Y SIETE HECTAREAS CON CINCUENTA CENTIAREAS (147,50 HAS), cuyos linderos son los siguientes: Norte: Linda con fundos agropecuarios de Hugo Urdaneta y Jairo Urdaneta, antes fundo de la sucesión de Juan Antonio Fernández; Sur: Con fundo de Jesús Ocando, antes Fundo de José Urdaneta, y peque.....