1°) Se ratifica la MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGROPRODUCTIVA, desarrollada por los ciudadanos CARMEN SUSANA MORALES MEDINA, LUÍS ÁNGEL MORALES MEDINA y LUÍS ÁNGEL MORALES GUTIÉRREZ, venezolanos, mayores de edades, identificados con las cédulas de identidad números V-9.733.739, V-9.733.736 y V-1.080.570, respectivamente, actuando en su nombre propio, y además el último de los nombrados en su carácter de Director General de la sociedad mercantil AGROPECUARIA SANTA ROSA DEL PINO S.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 10 de marzo de 1989, bajo el Nº 03, Tomo 10-A, sobre los fundos agropecuarios denominados "SANTA ROSA" y "BRISAS DE CHIMOMO", que conforman una unidad de producción agrícola, ubicados en el sector Las Tucaras, El Pino, parroquia Monseñor Álvarez, municipio Sucre del estado Zulia; la cual posee una superficie aproximada de CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS HECTÁREAS (438 Has.), comprendida ent.....