DISPOSITIVO
Por las razones y consideraciones antes expuestas, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: De conformidad con el artículo 244 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario se decreta MEDIDA CAUTELAR NOMINADA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el fundo denominado "JAGÜEY DE LOS CABALLOS" situado en territorio del Municipio La Cañada de Urdaneta del estado Zulia, el cual posee una extensión de TRESCIENTAS TREINTA Y CINCO (335 Has) en cual se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: fundos que son o fueron de Pedro Morán, Adán Parra y Abrahan Rincón; SUR: Con los fundos Ciénagas del Norte, Buena Esperanza y Cañafístolo, ESTE,: Con el fundo San Pablo, intermedio con la llamada carretera La Zuliana y OESTE, Con los fundos Ciénagas del Norte y Buena Esperanza, el cual es propiedad de.....