Por los fundamentos expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
A) Perimida la instancia en el juicio de PARTICION DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA seguido por los ciudadanos ISABEL TERESA DE ARMAS DE AMELINCKX, PEDRO JOSÉ DE ARMAS FERNÁNDEZ, REBECA ELENA DE ARMAS PUERTA, ENRIQUE COROMOTO DE ARMAS FERNÁNDEZ, YAZMIRA ISABEL DE ARMAS PUERTA, YANINA ROCIO DE ARMAS PUERTA, PEDRO RAFAEL DE ARMAS NARANJO, CORINA BEATRIZ DE ARMAS NARANJO y NUBIS ESTHER DE ARMAS NARANJO, en contra del ciudadano WOANERGE RAFAÉL DE ARMAS PEÑA, antes identificados.
B) No se hace pronunciamiento sobre costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, Insértese y Notifíquese.-