En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
a) HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, en el presente juicio de ALIMENTOS, seguido por NERIA MARGARITA ROSALES DE CHAVEZ contra HEBERTO ENRIQUE CHAVEZ ALVAREZ, ya identificados, por ante este Juzgado, en fecha 20 de Enero de 2011, da su aprobación al mismo, pasándolo en autoridad de cosa juzgada.-
b) Se suspende la medida de Embargo decretada por este Tribunal, la cual fue ejecutada en fecha 02 de Agosto de 2010, por el Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, se ordena oficiar a la empresa P.D.V.S.A, haciéndole la debida participación. Ofíciese.
c) En cuanto a las can.....