por lo cual este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara a los ciudadanos SARA JOSEFINA MOLERO BARBOZA, BEXI DEL COROMOTO MOLERO BARBOZA, DAYSI DEL CARMEN MOLERO BARBOZA, SERGIO SEGUNDO MOLERO BARBOZA, CECILIA MARGARITA MOLERO BARBOZA, HENRY CLARET MOLERO BARBOZA, VIOLETA VÉRONICA MOLERO BARBOZA, JOSÉ GREGORIO MOLERO BARBOZA, CARLOS ALBERTO MOLERO BARBOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 6.832.901, 5.040.170, 7.622.896, 9.772.270, 7.719.584, 7.702.111, 7.629.162, 9.772.243 y 9.772.248, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano SERGIO FELIPE MOLERO URDANETA, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Número V- 1.046.246, fallecido ab-intestato en el Hosp.....