este Tribunal provee conforme a lo solicitado, levanta la medida de prohibición de enajenar y gravar dictada por este Tribunal en fecha 11 de Noviembre de 2.002, sobre un inmueble constituido por dos (2) locales comerciales situados en el centro Comercial MAMECA, marcada con los Nos. 8 y 10, ubicados e la vía que conduce de la Ciudad de Maracaibo a la Cañada, frente a la Urbanización La Coromoto en jurisdicción de la Parroquia Domitila Flores, antiguo Municipio San francisco de la Ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, en la avenida 48 entre calles 175 y 176. Ambos locales tienen una superficie aproximada de cien metros cuadrados (100 mts.2) cada uno y que consta de dos sala sanitarias cada uno, siendo sus linderos los siguientes: LOCAL No. 8: Norte, con el local No. 7; Sur, con el Local No. 9; Este, su frente con área de estacionamiento; y Oeste, con la fachada Oeste del edificio; y el LOCAL No. 10: Norte, con el local No. 9; Sur, con el local No. 11; Este, su frente con el área de est.....