de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara a los ciudadanos YONI DEL CARMEN DIAZ DE PAZ, JHOAN JOSÉ, RAFAEL ANGEL y JOSÉ ANGEL PAZ DIAZ, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano RAFAEL ANGEL PAZ NAVA, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Número V- 3.652.739, fallecido abintestato en su domicilio situado en la Urbanización La Florida Avenida 85 N° 79H-89 de la Parroquia Raúl Leoni del Estado Zulia, el día 24 de Noviembre de 2007, según acta de defunción Número 296 emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Raul Leoni del Municipio Maracaibo, del Estado Zulia. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada, previa certificación por secret.....