PARTE DISPOSITIVA
En fuerza de los argumentos precedentemente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en ejercicio de las Potestad Jurisdiccional atribuidas por el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA la demanda por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS, interpuesta por los ciudadanos JOSE ANGEL FERRER ROMERO y YAJAIRA COROMOTO BRACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.604.001 y V-5.170.179, respectivamente, debidamente inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 29.917 y 29.074, respectivamente, de este domicilio, en contra de la Sociedad Mercantil ITALCAMBIO, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital, en fecha nueve (09) de septiembre de 1996, bajo el No. 26, Tomo 49-A......