DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO propuesta por la ciudadana EDITH YSABEL RONDON DE DOMINGUEZ, contra el ciudadano JOSE LUIS DOMINGUEZ, plenamente identificados en las actas, la cual fue basada en la causal TERCERA del artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, QUEDA DISUELTO ÉL VINCULO MATRIMONIAL, que ellos habían contraído el día 23 de Julio de 2008, ante el Registro Civil de la Parroquia El Rosario, Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia, según consta del acta de matrimonio signada con el No.74, que corre inserta en las actas en los folios 5 y 6 del presente expediente. .....