En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en ejercicio de las Potestades Jurisdiccionales atribuidas por el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA la instancia en el juicio que por PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, sigue la ciudadana SARA MARIA ACOSTA TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.767.027, domiciliada en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra del ciudadano CARLOS ALBERTO PARADA QUIROZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.609.552, de este domicilio, en concatenación con el artículo 12 de la Ley de Arancel Judicial, y con la Jurisprudencia emanada del Máximo Tribunal de la República en Sala de Casación Civil, de fecha 6 de julio de 2004, Exp. Nº. AA20-C-2001-000436; criterio reit.....