Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en el acuerdo celebrado entre las partes, por cuanto los mismos no son contrarios a la Ley, ni a las buenas costumbre y no alteran el orden público, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO JUDICIAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO y consumado la TRANSACCIÓN celebrada en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES sigue la Sociedad Mercantil BANESCO, BANCO UNIVERSAL C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto, de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el día 05 de agosto de 2.010, bajo el No 15, Tomo 153-A en contra del ciudadano JORGE PRIETO ÁLVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 15.938.974 y de este domicilio.y en consecuencia se abstiene de ordenar el archivo del expediente h.....