Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO propuesta por la ciudadana, MAIKER DIOVELINA FERNANDEZ DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-18.371.937, domiciliada en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, contra el ciudadano ENIO GIL PAZ LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.646.946, de igual domicilio, la cual fue basada en la causal SEGUNDA del artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, se mantiene vigente el vinculo matrimonial que ellos habían contraído el día 31 de Mayo de 2008, ante el Registro Civil de la Parroquia Guajira del Estado Zulia, según consta del acta de matrimonio signada con el No. 31, que.....