Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. SIN LUGAR la TACHA DE FALSEDAD DE DOCUMENTO (INCIDENTAL) anunciada en fecha 02 de julio de 2010 y formalizada en fecha 02 de marzo de 2011, por el profesional del derecho ALEX YANEZ MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 16.549, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana AIDA NIRIT GARCÍA GIRÓN, venezolana, mayor de edad, identificada con cédula personal Nº 7.768.904 y domiciliada en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia contra documento privado constituido por un cheque girado por la ciudadana AIDA NIRIT GARCÍA GIRÓN, contra la Institución Banesco, Banco Universal, S.A., por la cantidad de CIENTO OCHENTA MIL BOLÍVARES (180.000, 00), el cual sirve de instrument.....