este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en ejercicio de la Potestad Jurisdiccional atribuida por el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA la instancia en el juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA, formulare el ciudadano LUIS PEREZ PARIS, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 26.090, domiciliado en la ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del Ciudadano ROOSEVELT JOSE RINCON URDANETA , venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.854.371 ,con domicilio en Jurisdicción del Municipio Autónomo Colon del Estado Zulia en contra de las empresas AGROPECUARIA LOS H.P. 626 C.A y AGROPECUARIA LA PREVENCIÓN IXL, C.A. la primera, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judic.....