Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primero Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
- LA CONFESIÓN FICTA de la sociedad mercantil PARQUE HABITAT EL MILAGRO, C.A., parte demandada en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCION A COMPRA, incoada por la ciudadana MARIA VICTORIA PIÑERO YEPEZ, plenamente identificada en actas. Así se decide.
- SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada, por haber sido totalmente vencida en la presente causa, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
- Se declara RESUELTO, el contrato de Opción a Compra-Venta, celebrado en fecha 07 de septiembre de 2011, autenticado ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, anotado bajo el N° 34 y Tomo 35, entre la sociedad mercantil PARQUE HAB.....