DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la demanda de DIVORCIO ORDINARIO propuesta por el ciudadano JORGE LUIS PIRELA OLIVELLA, contra de la ciudadana IDALMIS PAULINA ROYS OLIVELLA, fundamentada en la causal segunda del Artículo 185 del Código Civil, quedando en consecuencia, disuelto el matrimonio civil que contrajeron el día dieciséis (16) de diciembre del año mil novecientos noventa y dos (1992) por ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Goajira, Municipio Autónomo Páez del Estado Zulia, hoy Municipio Indígena Bolivariano Guajira del Estado Zulia, acompañada a las actas en copia certificada signada con el No. 70.
• SE CONDENA a la demandada al pago de las costas procesales de esta Instancia por haber sido vencida tot.....