Así las cosas, verificada en forma resumida y detallada las cantidades de dinero que fueron depositadas en la cuenta de ahorro aperturada en la presente causa, este Operador Jurisdiccional ordena oficiar a la empresa Corpoelec, en primer lugar, con el objeto de informar que este Tribunal por auto de fecha 19/09/14, suspendió la medida preventiva de embargo decretada sobre el veinte por ciento (20%) del sueldo o salario integral, vacaciones, bonos, utilidades, retroactivos, y prestaciones sociales y fideicomiso que corresponden al ciudadano JOSÉ OVIDIO FUENTES MONCADA, antes identificado como trabajador de esta empresa, en virtud de la declaratoria de inadmisibilidad de la demanda y la consecuente extinción del proceso; medida que fue practicada según acta de embargo de fecha 17 de julio de 2009, por el Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Miranda, Simón Bolívar, Lagunillas, Valmore Rodríguez y Baralt de la Circunscripción Judicial del Esta.....