Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
1. CON LUGAR LA PRESENTE DEMANDA DE QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA incoada por el ciudadano FRANKLIN RONDON MADRID, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.756.128, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, contra el ciudadano RAFAEL RONDON MADRID, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.114.181 y del mismo domicilio.
2. SE SUSPENDE LA MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO DECRETADA EL 7 DE NOVIEMBRE DE 2014 Y EJECUTADA EN FECHA 04 DE FEBRERO DE 2015, recaída sobre el lindero ESTE del inmueble inicialmente constituido por una construcción destinada a vivienda signada con el N° 84-39, ubicada en la calle 79F, del barrio ayacucho, en jurisdicción de la Parroq.....