IV. Decisión
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA
INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN A LA MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENEJANAR Y GRAVAR, formulada por el ciudadano CARLOS ANTONIO UGARTE DEL VILLAR, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad No. V-15.726.223, actuando como Presidente de la Sociedad MercantilUGARTE, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha diecinueve (19) de noviembre de 2018, bajo el número 98, Tomo 28-A, parte codemandada, decretada en fecha veintidós (22) de junio de 2021, en el juicio que en su contra sigue la sociedad mercantil FARMACIA FLEMING, C.A., ya identificada.
SEGUNDO:SE RATIFICA LA MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE
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