Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, decreta MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un inmueble constituido por una parcela de terreno, con una superficie de cuatrocientos treinta metros cuadrados con treinta y siete centímetros cuadrados (430,37 M2). La cual se encuentra ubicada en el barrio Sierra Maestra, Sector Los Silos, Manzana 06, Avenida 9 con el N° 8-18, cuyos linderos y medidas particulares son los siguientes: NORTE: Con Calle 4 y mide (14,11 mts); SUR: Con Casa 4-23 y mide (11,42 mts); ESTE: Con Casa 8-34 y mide (32,18 mts) y OESTE: Con Casa 8-08 y mide (32,50 mts), en jurisdicción de la Parroquia Francisco Ochoa, Municipio Autónomo de San Francisco, Estado Zulia. El referido inmueble se acusa propiedad de los ciudadanos ADRIANA MARÍA PARRA URDANETA y MERVIN ENRIQUE CASTELLANO, según documento protocolizado ante la Oficina de Registro Inmobiliar.....