Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, NIEGA la medida preventiva de EMBARGO, sobre las cantidades de dinero retenidas por este Tribunal a nombre de la ciudadana YASMIN POVEDA CARRILLO, con ocasión del juicio de DECLARATORIA DE CONCUBINATO que sigue en contra del ciudadano JORGE ENRIQUE BUENDIA GOMEZ, las cuales alcanzan la suma de DIECIOCHO MIL BOLÍVARES (Bs. 18.000), así como también sobre cualquier otra cantidad que aparezca retenida por el concepto antes señalado.
No hay condenatoria en cos1s, dLi l r’’iiraleza de la decisión.