III. De la decisión de este Órgano Jurisdiccional:
Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CONFESO el ciudadano JOSÉ GREGORIO CARRUYO VILLASMIL, plenamente identificado en actas.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS, incoaran los ciudadanos DEIVIS FIGUEROA MEZA y YORDE JOSÉ CALDERA LUCENA plenamente identificados en actas, en virtud de la confesión ficta declarada en el presente caso. En consecuencia, se ordena a la parte demandada pagar la cantidad de UN MILLÓN SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS BOLÍVARES (1.263.000,00 Bs.) correspondiente a los siguientes conceptos:
• La cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (500.000,00 Bs.), por concepto de daños y perjuicios.
• La cantidad de DOSCIENTOS SESENTA MIL BOLIVARES (260.000,00 Bs.), por co.....