Consecuencia de ello, no se configuró la inversión de la carga de la prueba inicialmente expuesta, correspondiendo entonces a la parte actora probar la existencia del contrato de arrendamiento que a su decir celebró con la ciudadana KARINA LOURDES ROMERO SALINAS, a los fines de establecer los efectos jurídicos del mismo para los contratantes, y a ésta última, traer al litigio las probanzas necesarias que acrediten su derecho de propiedad sobre el indicado inmueble, como hecho modificativo de la pretensión aducida.