JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de a República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el inmueble formado por la parcela distinguida con el No. 11 y la casa quinta sobre ella constituida, situado en la Avenida Tepuy del Conjunto Residencial Parque Roraima, situado éste en la margen derecha de la Circunvalación No. 2, intersección de la Calle 99H y la Avenida 59 en jurisdicción de la parroquia Francisco Eugenio Bustamante, Municipio Maracaibo, Estado Zulia.
SEGUNDO: SIN LUGAR LA MEDIDA DE SECUESTRO solicitada sobre los siguientes bienes muebles:
- Vehículo Placa: 77GMBJ, Serial N.I.V: 8A1FC0R158L914901, Serial Carrocería: 8A1FC0R158L914901, Serial Chasis: 8A1FC0R158L914901, Serial Motor: K4MJ730Q025818, Marca: RENAULT, Modelo: KANGOO, Año Modelo: 2008, Color: BLANCO, Clase: AUTOMOVIL, T.....