Por los fundamentos de hecho y derecho explanados ut supra, este Juzgado del Municipio Valmore Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, DECLARA CON LUGAR LA ACCION ALIMENTARIA propuesta por la ciudadana Maria Magdalena Guerrero de Colina, en contra del ciudadano Manuel Antonio Colina Chirino, a favor del niño y de los adolescentes Emmanuel Jesús, Marielys Andreina y Manuel Alejandro Colina Guerrero, y se fijan las siguientes obligaciones:
1.- OBLIGACION ALIMENTARIA ORDINARIA, hasta por la cantidad de Bs. 400.000,oo, que deberá sufragar el obligado mensualmente, debiendo ajustarla en forma automática y proporcional hasta el 20% del incremento que se produzca en su sueldo o salario.
2.- OBLIGACION ALIMENTARIA EXTRAORDINARIA, la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000.oo) para satisfacer necesidades durante las festividades navideñas y fin de año,.....