Por todos los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CATATUMBO Y JESUS MARIA SEMPRUN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO COMO JUZGADO DE CONTROL DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, declara PRIMERO: Se admite la Acusación presentada por el Ministerio Público en contra del adolescente ADOLESCENTE (identidad omitida), por la comisión de los delitos de Trafico Ilícito de Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el articulo 149, de la Ley Orgánica de Drogas, y Asociación Ilícita para delinquir previsto y sancionado en el articulo 6 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada. SEGUNDO: Se admiten totalmente las Pruebas ofrecidas por el fiscal del Ministerio Público tanto las testimoniales como las documentales y periciales, que aparecen señaladas en el escrito acusatorio de fecha 13-10-10, pruebas estas que el tribunal admite totalmente por considerar que las m.....