Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos, DANIELA CHIQUINQUIRA CACERES CACERES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-20.529.987, domiciliada en Casigua el Cubo, sector el paseo, cerca del mercado municipal, Municipio Jesús María Semprún del estado Zulia, y : JOSE ANGEL SUAREZ MONTERO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-23.254.132, domiciliado en Casigua el Cubo, sector el paseo, palmera 1, casa s/n, Municipio Jesús María Semprún del estado Zulia, de sus hijos: XXXXXXX y XXXXXXXX SUAREZ CASERES, de 02 y 01, año de edad, Dánd.....