DISPOSITIVO
Con fundamento a las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta decisión, y por cuanto este tribunal considera suficientes las razones y hechos convenidos por las partes en el referido escrito y que son favorables para el desarrollo integral de los niños y/o adolescentes, de conformidad con el 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MACHIQUES DE PERIJÁ Y ROSARIO DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en MACHIQUES, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
Consumado el acto procesal del convenimiento celebrado en este juicio por RECLAMACIÓN DE PENSIONES ALIMENTARIAS seguido por la ciudadana MARÍA DE LOS ANGELES PERALTA RODRÍGIUEZ, en contra del ciudadano ENYER ALFREDO VALBUENA MUÑOZ, en beneficio de los niños y/o adolescentes REINALDO JOSÉ y ENYIMAR VALBUENA PERALTA y solicitada como ha sido su homologación.....