NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA:
1°) Poner en estado de ejecución forzosa, el convenimiento de alimentos celebrado por los ciudadanos IRIS COROMOTO ALVARADO MORILLO Y JULIO CESAR ALVARADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 7.779.532 Y 7.779.468, respectivamente, domiciliados ambos Municipio Colón del Estado Zulia, asistidos por el abogado CIRO PARRA BADELL, Defensor Público número 02, para el área de Protección del niño y del adolescente, solicitaron HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en relación a los menores MICHELLE PAOLA Y JULIO CESAR ALVARADO ALVARADO, el cual fue posteriormente Aprobado y Homologado por este Tribunal en fecha 12/05/2008.-
2°) Decreta Medida Ejecutiva de Embargo sobre: La cantidad que se fijó como pensión alimentaria mensual en el Convenimiento sobre Ali.....