Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA PROCEDENTE la solicitud de levantamiento de la medida de prohibición de enajenar y gravar sobre el fundo agropecuario El Recuerdo, situado en la vía que conduce a Casigua El Cubo, a la altura del kilómetro 33, Municipio Jesús María Semprún del Estado Zulia, propiedad del reclamado a tenor de documento inserto ante la Oficina de Registro Inmobiliario de los Municipios Colón, Catatumbo, Jesús María Semprún y Francisco Javier Pulgar del Estado Zulia, bajo el No. 24, Tomo 8, de fecha 12 de Junio de 1998, y por lo tanto, LEVANTA dicha medida cautelar y se ordena oficiar a la Autoridad Administrativa Registral, notificándole la suspensión de la medida.
Publíquese, Regístrese, Notifíquese y Déjese copia certificada de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 .....