Con mérito en los argumentos antes expuestos este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
1) CON LUGAR: La cuestión previa alegada por la parte demandada, en el relación al juicio que sostiene la ciudadana ADELA DEL CARMEN PIRELA FLORIDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.849.268, de este domicilio, representada por la abogado VIVIANI ZAMUDIO VIVAS, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado Nº 32.757, de este domicilio, en contra de la ciudadana GLADYS MARGARITA ORTEGA IRIARTE, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº 3.275.377, de este domicilio, representada legalmente por los abogados BETTY AZUAJE, GENILIS ÁLVAREZ, ALI OROÑO y RAFAEL BARRERA FERRER, venezolanos, mayores de edad, con los Inpreabogado Nº 27.366, 21.724, 5.465 y 107.115 re.....