En este mismo orden de ideas, se señala que, en sentencia emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 04 de noviembre de 2005, en el caso Gustavo Guerrero Eslava y Jose Bernabé Nobas, con ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, se estableció el procedimiento a seguir en los casos de reclamos de honorarios profesionales, así como el Tribunal competente para interponer la acción. Es de hacer notar que la situación planteada en ese caso concreto se refiere al cobro de honorarios profesionales del abogado a su cliente y entre los supuestos de hecho que se analizan, se cita como último supuesto, el caso en el cual el juicio ha quedado terminado por sentencia definitivamente firme.
En tal circunstancia, la Sala Constitucional resolvió que la parte debe instar el proceso por demanda de cobro de honorarios profesionales por vía autónoma principal, por ante un Tribunal civil, competente por la cuantía, y se llega a esta conclusión analizando .....