La ciudadana JUANA BEATRIZ GONZALEZ ACOSTA, también conocida como BEATRIZ GONZALEZ ACOSTA, antes identificada alega que el día 23 de Diciembre de 2.008, falleció Ab-Intestato en esta ciudad de Maracaibo del Estado Zulia su padre VICTOR JOSE GONZALEZ, quien en vida fuera mayor de edad, soltero, obrero escolar, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.961.900, según se evidencia de acta de Defunción Nº 1.587 expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, asentada en el Libro 04 del año 2.008, la cual acompaña en copia certificada y el Tribunal le da todo el valor probatorio.- Asimismo, alega la solicitante, que para la muerte del causante arriba nombrado, deja como Únicos y Universales Herederos a las ciudadanas JUANA BEATRIZ GONZALEZ ACOSTA, también conocida como BEATRIZ GONZALEZ ACOSTA, y BRIXCELIS CHIQUINQUIRA GONZALEZ PRIETO, también conocida como BRICELI GONZALEZ PRIETO, antes identificadas, para lo cual .....