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Decisiones del dia 03/11/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
Paginas 1 [Total de sentencias: 5] Página 1 de 1
N° Expediente : 2850-2009 N° Sentencia : Fecha: 03/11/2009
Procedimiento:
Rectificación De Acta De Matrimonio
Partes:
ELITA HAIDEE COONEY RAMIREZ
Resumen:
"... Todas las peticiones o solicitudes en materia de jurisdicción voluntaria deberán cumplir los requisitos del artículo 340 de este Código, en cuanto fueren aplicables. En la solicitud el solicitante indicara al Juez las personas que deban ser oídas en el asunto, a fin de que se ordene su citación. Junto con ellas deberán acompañarse los instrumentos públicos o privados que la justifiquen, e indicarse los otros medios probatorios que hayan de hacerse valer en el procedimiento..."
Juez/Ponente:
Ana Josefa Antencio
Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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N° Expediente : 2828-2009 N° Sentencia : Fecha: 03/11/2009
Procedimiento:
Rectificación De Acta De Matrimonio
Partes:
RENA VALERI ZEPEDA
Resumen:
En los casos de errores materiales cometidos en las actas del Registro Civil, tales como cambio de letras, palabras mal escritas o escritas con errores ortográficos, transcripción errónea de apellidos, traducciones de nombre y otros semejantes, el procedimiento se reducirá a demostrar ante el Juez la existencia del error, por los medios de prueba admisibles y el Juez con conocimiento de causa resolverá lo que considere conveniente". Ahora bien, de un análisis exhaustivo de las copias certificadas del acta de matrimonio celebrado por la Jefatura Civil del Municipio Bejuma del Estado Carabobo, de la copia de la cedula de identidad, del acta de nacimiento de la solicitante, en especial de éste ultimo documento este Juzgado ha podido constatar que el acta
Juez/Ponente:
Ana Josefa Antencio
Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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N° Expediente : 2851-2009 N° Sentencia : Fecha: 03/11/2009
Procedimiento:
Inadmisible
Partes:
NEIDIS DEL CARMEN MARTINEZ CASTRO
Resumen:
"... Todas las peticiones o solicitudes en materia de jurisdicción voluntaria deberán cumplir los requisitos del artículo 340 de este Código, en cuanto fueren aplicables. En la solicitud el solicitante indicara al Juez las personas que deban ser oídas en el asunto, a fin de que se ordene su citación. Junto con ellas deberán acompañarse los instrumentos públicos o privados que la justifiquen, e indicarse los otros medios probatorios que hayan de hacerse valer en el procedimiento..." (Subrayado del Tribunal).
Juez/Ponente:
Ana Josefa Antencio
Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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N° Expediente : 2821-2009 N° Sentencia : Fecha: 03/11/2009
Procedimiento:
Negativa De Medida Cautelar
Partes:
CONDOMINIO RESIDENCIAS GHELSAL VS. NOEMY GARCIA DE PEREZ Y CLAUDIO PEREZ CASTILLO
Resumen:
En virtud de la garantía constitucional "a la tutela judicial efectiva" prevista y sancionada en el artículo 26 de la Constitución Nacional de la Republica Bolivariana de Venezuela, de donde emana el poder tuitivo de los jueces para proteger a los justiciables, y a obtener con prontitud la decisión correspondiente. Así mismo, como lo establece nuestra carta magna en su artículo 257: "El proceso constituye un instrumento fundamental para la realización de la justicia (...)" Como quiera que esta operadora de justicia tiene la obligación de asegurar la integridad de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; garantizando una justicia imparcial, transparente e independiente;
Juez/Ponente:
Ana Josefa Antencio
Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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N° Expediente : 2757-2009 N° Sentencia : Fecha: 03/11/2009
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
ERNESTO JOSE CONTRERAS Y LIZCETT TEYLAR VALLES CHACON
Resumen:
Ahora bien, establece el artículo 185-A del Código Civil, que cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (05) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común. Situación ésta que se incorporó al Código en la reforma de 1982, a fin de atender una realidad social, cual es el cese de la affectio maritatis, en forma tal que, sin incurrir en ninguna de las causales clásicas de divorcio (ex artículo 185) pueda resolverse en forma práctica esta ruptura prolongada de la vida en común, obligación que deviene del matrimonio conforme el artículo 137 ejusdem.
Juez/Ponente:
Ana Josefa Antencio
Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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